Pensiones de
Jubilación.
Pensiones de Incapacidad
Por fallecimiento
Pensiones de
Invalidez
Pensiones de Jubilación
Pensiones
Contributivas
Son
prestaciones económicas y de duración
indefinida, aunque no siempre, cuya concesión
está generalmente supeditada a una previa relación
jurídica con la Seguridad Social (acreditar
un período mínimo de cotización
en determinados casos, ...), siempre que se cumplan
los demás requisitos exigidos.
•
Dentro de la acción
protectora del Régimen General y de los Regímenes
Especiales de la Seguridad Social, con las salvedades
que, en cada caso y para cada modalidad, se indican
en el respectivo régimen especial, se incluyen
las pensiones siguientes.
o
Pensión de Jubilación
Jubilación ordinaria, jubilación
anticipada por tener la condición de mutualista,
jubilación anticipada sin tener la condición
de mutualista, jubilación anticipada por reducción
de la edad mínima debido a la realización
de actividades penosas, tóxicas e insalubres,
jubilación anticipada de trabajadores discapacitados,
jubilación parcial, jubilación flexible
y jubilación especial a los 64 años.
o Pension de Incapacidad
Total, absoluta y gran invalidez
o Por fallecimiento
Viudedad, orfandad, en favor de familiares, Subsidio
a favor de familiares, Auxilio por defunción,
Indemnizaciones por AT o EP.
•
Dentro de la acción
protectora del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez
( SOVI), se incluyen las pensiones de: Pensión
de Vejez, Pensión de Invalidez y Pensión
de viudedad
Pensiones
no contributivas
Son prestaciones económicas
que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose
en situación de necesidad protegible, carezcan
de recursos suficientes para su subsistencia en los
términos legalmente establecidos, aun cuando
no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para
alcanzar las prestaciones del nivel contributivo.
Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones
siguientes:
•
Pensión de Invalidez. La Pensión
no Contributiva de Invalidez asegura a todos los ciudadanos
en situación de invalidez y en estado de necesidad
una prestación económica, asistencia
médico-farmacéutica gratuita y servicios
sociales complementarios, aunque no se haya cotizado
o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho
a una Pensión Contributiva.
•
Pensión de Jubilación. La
Pensión no Contributiva de Jubilación
asegura a todos los ciudadanos en situación
de jubilación y en estado de necesidad una
prestación económica, asistencia médico-farmacéutica
gratuita y servicios sociales complementarios, aunque
no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente
para tener derecho a una Pensión Contributiva.
La gestión de
estas pensiones no contributivas está atribuida
a los órganos competentes de cada Comunidad
Autónoma.
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